⚖️ Cómo mantener seguridad fiscal si no resides 183 días en ningún país (España–EAU)
- Jacob Mato
- 6 oct
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 13 oct
Cada vez más empresarios, freelancers y nómadas digitales eligen vivir entre países sin fijar residencia permanente.
Un caso muy común: pasar parte del año en España y parte en Emiratos Árabes Unidos (EAU).

El problema real
Cuando no pasas 183 días en ningún país, la autoridad fiscal puede dudar dónde tributas: ¿residente fiscal en España, en Emiratos… o en ninguno?
Aquí te explicamos cómo mantener seguridad fiscal real, sin riesgos ni sanciones.
La regla de los 183 días (y por qué no basta)
La regla general: si pasas más de 183 días en un país, se te considera residente fiscal allí.El problema surge cuando:
No alcanzas ese umbral en ningún país.
Tus vínculos económicos o personales están repartidos.
Operas con estructuras internacionales (empresa en Dubái, cuentas fuera, vivienda en España).
En esa zona gris, España puede presumir residencia si tu “centro de intereses” sigue allí (familia, vivienda o negocio gestionado desde España).
El riesgo del “limbo fiscal”
“No ser residente en ningún país” suena atractivo, pero es una estrategia de alto riesgo.
Hacienda puede considerar que sigues siendo residente en España, que tus ingresos se gestionan desde territorio español, o que mantienes vivienda o familia allí.
Resultado: reclamación retroactiva de impuestos, sanciones y pérdida de credibilidad fiscal.
Por qué Emiratos ofrece una alternativa segura
EAU tiene marco fiscal reconocido y estable, y mantiene un Convenio de Doble Imposición con España (BOE nº 118/2013).Gracias a él puedes:
✅ Acreditar residencia fiscal en EAU mediante el Tax Residency Certificate (TRC).
✅ Evitar la doble imposición.
✅ Demostrar ante Hacienda española tu residencia efectiva en Emiratos.
🔗 Fuente oficial: Convenio España–EAU – Agencia Tributaria
El TRC en 2025: cómo se obtiene realmente
El Tax Residency Certificate lo emite el Ministry of Finance (MoF UAE) y se tramita 100 % online.Desde 2024, las condiciones son más claras y estrictas:
Opción 1 – 183 días: presencia física ≥ 183 días durante los últimos 12 meses.
Opción 2 – 90 días + vínculos: presencia ≥ 90 días y visado de residencia válido y vivienda permanente o negocio/empleo activo en EAU.
Documentación requerida:Pasaporte y Emirates ID · Visado de residencia · Reporte oficial de entradas/salidas · Contrato de alquiler o facturas de servicios · Pruebas de actividad o ingresos.
El TRC tiene validez de 1 año y debe renovarse anualmente.
📎 Fuente: Ministry of Finance UAE – Tax Residency Certificate
Aclaración importante: quién emite realmente el TRC
Existe confusión frecuente sobre este punto.
El Tax Residency Certificate (TRC) —también llamado Certificado de Residencia Fiscal— es emitido exclusivamente por el Ministry of Finance (MoF UAE), no por la FTA.
El MoF es la autoridad competente para emitir certificados de residencia fiscal reconocidos en los Convenios de Doble Imposición, incluido el España–EAU (BOE nº 118/2013).
La FTA (Federal Tax Authority) gestiona el Corporate Tax y el IVA (VAT), y puede emitir certificados de registro fiscal o cumplimiento, pero no de residencia internacional.
Por tanto:
El TRC oficial para aplicar convenios se solicita en https://mof.gov.ae.
Los documentos emitidos por la FTA no sustituyen al TRC y no son válidos ante la Agencia Tributaria española para acreditar residencia fiscal.
📎 Referencia oficial: Ministry of Finance UAE – Tax Residency Certificate
Cómo mantener tu seguridad fiscal si vives entre España y Emiratos
1️⃣ Mantén visado y Emirates ID vigentes.
2️⃣ Solicita el TRC anual.
3️⃣ Evita vivienda disponible en España, salvo que esté alquilada o cedida.
4️⃣ Opera tu empresa y cuentas desde Emiratos.
5️⃣ Asegura trazabilidad bancaria y contable.
6️⃣ Declara correctamente tus ingresos locales (a continuación te explicamos cómo).
Declarar tus ingresos locales en Emiratos (a título personal)
Aunque EAU tenga un tipo impositivo del 0 %, sí existe obligación de registro ante el Corporate Tax (CT) y/o la Federal Tax Authority (FTA) si realizas actividad económica.
Corporate Tax para personas físicas
Aplica a individuos con actividad empresarial o profesional (freelancers, consultores, inversores).
Obligación de registro si:
Tienes licencia válida (freelance, professional, e-trader…).
Generas ingresos en EAU o desde EAU.
Pasos:
1️⃣ Registro en https://eservices.tax.gov.ae (FTA).
2️⃣ Obtén tu Tax Registration Number (TRN).
3️⃣ Presenta declaración anual de Corporate Tax (aunque sea 0 %).
4️⃣ Guarda registros durante 7 años.
📎 Referencia: Guidelines for Natural Persons – MoF UAE
Registro de IVA (VAT)
Solo obligatorio si:
Facturación local > AED 375 000/año, o
Registro voluntario > AED 187 500/año.
Si trabajas solo con clientes fuera de EAU, no necesitas IVA local.
📎 Fuente: Federal Tax Authority – VAT Registration
Resumen rápido
Errores comunes a evitar
Creer que “no pasar 183 días” exime de tributar.
No solicitar el TRC anual.
Operar con cuentas personales sin respaldo contable.
Mantener familia o inmuebles en España sin desvinculación económica.
No registrarte en Corporate Tax creyendo que “0 % = no declarar”.
Cómo puede ayudarte TANMIYA Business Partners
En TANMIYA Business Partners te ayudamos a:
✅ Estructurar tu residencia fiscal en Emiratos con validez legal.
✅ Solicitar y renovar tu Tax Residency Certificate (TRC).
✅ Registrar tu actividad ante la FTA y el Corporate Tax.
✅ Analizar tus vínculos España–EAU para evitar conflictos.
✅ Optimizar tu estructura fiscal y contable de forma segura y sostenible.
📲 +971 50 436 6029 🌐 www.tanmiyabp.com
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